|
La
profundidad mínima legal de 1,6 mm. (altura del Testigo
de Desgaste), constituye el criterio mínimo de seguridad
a respetar.
Este límite está fijado por el Código
de Circulación.
Sobrepasar este límite legal significa una pérdida
de eficacia del neumático, una menor estabilidad en
carretera, distancias de frenado más largas, aumento
de los riesgos de aquaplaning, etc. A partir de este momento,
su seguridad ya no está garantizada.
Primer caso: neumático nuevo, esculturas comprendidas
entre 7 y 9 mm.; la elipse de contacto con el suelo es normal
y la evacuación del agua es total.
Segundo caso: neumático con 3 mm. de escultura: la
elipse de contacto con el suelo se ha reducido, el agua ya
no es evacuada totalmente y corre el riesgo de aquaplaning.
Estos testigos, que son cuatro, están distribuidos
casi de manera uniforme sobre la circunferencia del neumático.
Son fácilmente localizables, gracias a un símbolo
marcado sobre el refuerzo del neumático.
|